EL PATRIMONIO URBANO DE LA OLIGARQUÍA BENISERA

A FINALES DEL SIGLO XIX

BENISA Y CALPE, 1893.

Por José Luis Luri Prieto

Administrador de Fincas Rústicas y Urbanas colegiado

 

Breve reseña histórica

Inventario patrimonial urbano de las cuatro familias acomodadas beniseras, Benisa y Calpe, 1893.

   La disgregación del patrimonio urbano de las unidades familiares durante el siglo XX: herencia y enajenación de inmuebles.

El gran símbolo de las familias pairales beniseras es su casa en el estricto sentido material, edificación de fachada noble sobre la que todavía hoy luce en lugar destacado, como detalle ornamental, el escudo de armas familiar tallado en piedra.

Si la indivisión de la herencia había resultado ser la base fundamental sobre la que se asentaban las posibilidades sólidas del patrimonio pairal, y por lo tanto, la que dotaba de solvencia e influencia a este sector social privilegiado, a partir de las disposiciones de las leyes de desvinculación de Mayorazgos y la definitiva Ley de Abolición de Señoríos de 26 de Agosto de 1837, se experimenta una fragmentación en las unidades patrimoniales que estas sagas habían ido consolidando y conservando durante generaciones, sujetas a una verdadera razón de familia como si una razón de estado se tratara.

El Mayorazgo fue una institución de derecho civil por la que el hacendado constituía derechos y deberes sucesorios fijando bienes perpetuos a su familia por orden de primogenitura. Así el primogénito, el hereu, se configuraba como el eje central sobre el que giraba el círculo familiar; si a su cargo se encontraba la administración y desarrollo del cuerpo patrimonial pairal, esta autoridad se extendía a cuestiones de mera ética, atemperada si cabe por el papel de su esposa, la Señora, que representaba un elemento de organización interna de la Casa, de ponderación y auxilio espiritual, de educación de los hijos, de unión y cohesión de la familia siempre de puertas adentro.

La concentración patrimonial, por lo tanto, responsabilizaba al hereu de asegurar el bienestar no sólo de los suyos sino de cada uno de los miembros de su estirpe, por lo que se hacía indispensable administrar el patrimonio común bajo dos premisas fundamentales. Primeramente la de generar unos ingresos regulares que también fueran suficientes para mantener una vida decorosa, acorde al lustre y relumbre de su clase. Y en segundo lugar la de cuidar que dichos ingresos proviniesen de actividades que no entrañasen riesgo alguno y que por lo tanto, no pudieran poner en peligro la integridad de los activos de la casta.

Estas premisas determinan un profundo sentido económico inmovilista de los cabezas de clan y así huyen de entrar en cualquier negocio que pueda presuponer riesgo o menoscabo. La tierra y los bienes afectos a ella se presentan como el objetivo patrimonial primordial, no sólo por el marcado carácter agropecuario de la economía comarcal, sino también por los mencionados aspectos de regularidad y seguridad.

Las innumerables fincas agrarias de la oligarquía benisera se explotaban principalmente bajo los regímenes de arrendamiento y aparcería. El cabeza delegaba en administradores y procuradores que gestionaban las explotaciones defendiendo los intereses de su patrón con eficacia y diligencia. El amo guardaba con caseros y aparceros una relación benefactora y condescendiente y éstos, con una aceptada conciencia de clase, amoldaban su apodo y carnadura a esa tierra y a esos lindes. La producción agraria se transformaba en las propias instalaciones, bodegas y almazaras, propiedad del señor.

Por otra parte, las casas de la villa también se encontraban rentabilizadas en régimen de arrendamiento, siguiendo los principios reseñados en cuanto a ingresos estables y seguros.

Como hemos indicado, a lo largo del siglo XIX se experimenta un profundo cambio en estas seculares estructuras de la propiedad familiar. Se acentúa la política de alianzas familiares a través de convenientes enlaces matrimoniales que vienen a fortalecer los patrimonios familiares que ya comienzan a desmembrarse por la vía de la herencia. Los hacendados se ven obligados a abrirse a nuevos proyectos industriales y comerciales en aras a promover nuevas fuentes de ingresos. Como botón de muestra sirva la azarosa trayectoria de la banca local "Abargues, Cabrera y Cía", cuya bancarrota da al traste con importantes activos patrimoniales consolidados desde tiempo inmemorial.

Para ilustrar estos aspectos del Patrimonio Urbano de las clases acomodadas beniseras a finales del siglo XIX, hemos estudiado en profundidad los Censos de Bienes Urbanos y Solares de Benisa y Calpe, confeccionados en 1893. El censo benisero se encuentra depositado en el Archivo Municipal de Benisa y el censo calpino en el Archivo Histórico Provincial.

Estos documentos se realizaban, cómo no, con fines fiscales y nos muestran la desigualdad social imperante en la época. Cabe reseñar como ejemplo palmario que los 10 principales propietarios de fincas urbanas en Calpe suman un valor fiscal de 32.600 pesetas resultante de las 45 fincas de las que son propietarios, a la vez que las cuatro sagas beniseras estudiadas, los Abargues, Andrés, Feliu y Torres, alcanzan la cifra de 222.900 pesetas, dimanante de las tasaciones de 153 bienes de su propiedad. A los que se debiera añadir, y no son objeto de este trabajo, los que pudieran poseer en otros términos municipales.

En la actualidad siguen existiendo importantes diferencias patrimoniales en la comarca, laboriosidad, azar y oportunidades dictan su sentencia, pero bien es cierto que la cultura de la tierra, sometida antaño a los carcomidos criterios de la productividad agrícola, ha dado paso a la nueva filosofía de los logreros contemporáneos, desde el empresario riguroso al avispado regatón, todos inspirados en el tráfico comercial que ha impuesto la eclosión del turismo residencial desde entrados los sesenta.

Nunca más se supo de esos viejos señores, hoy sus haciendas son ajenas y repartidas. Como diría nuestro querido Gabriel Miró "eran cada uno señor de veras: señor de montes, de los caminos, de las alcabalas, del bien y del mal. Desde su heredad sabían lo que pasaba en Madrid. Su palabra era la voz del mundo"...

Una vez inventariado el vasto acervo inmobiliario de estas familias, estudiaremos pormenorizadamente el devenir de las unidades patrimoniales que experimentan su definitiva disgregación a lo largo del siglo XX, a través de las particiones hereditarias y las posteriores ventas de los beneficiarios.

ABARGUES.-

Herederos de Don Joaquín Abargues Domenech.-

Al fallecimiento de Don Joaquín, sus hijas María y Josefa Abargues Torres adquieren la nuda propiedad del cuerpo patrimonial en iguales partes indivisas. Doña María Abargues Torres, casada con Don José Cabrera Bertomeu, fallece el 7 de Octubre de 1913 y en su testamento del mismo año instituye como herederos a sus cinco hijos: Doña María, Josefina, Luisa, Clara y José Cabrera Abargues. Doña Josefa Abargues Torres, casada con un prócer de los Rocafull, testa a favor de su única hija, Doña María Rocafull Abargues según las disposiciones de sus últimas voluntades.

Esta unidad patrimonial se ha ido transmitiendo y vendiendo de forma escalonada durante este siglo por los beneficiarios directos o sus descendientes, si bien, alguno de los inmuebles fue vendido en el primer cuarto de siglo para hacer frente a las deudas contraídas por la quiebra de la banca local.

Doña Josefa Abargues Domenech.-

Casada con Don Antonio Vives Císcar, falleció el 29 de Diciembre de 1880 sin testar, siendo declarada única heredera por auto judicial su hija Doña Luisa Vives Abargues, religiosa profesa, que en religión se llamó "Sor Teresa". Doña Luisa fallecería el día de San José de 1937, habiendo otorgado seis años antes testamento en el que nombraba sus albaceas, facultándoles para constituir una fundación que portara su apellido materno. Parte de este patrimonio pertenece hoy a la Fundación Abargues, y el resto se ha ido vendiendo a terceros por esta institución durante las últimas décadas.

ANDRÉS.-

Don Francisco Andrés Feliu.-

A su muerte, acaecida en Valencia en 1910, los expresados inmuebles fueron heredados de forma indivisa por sus hijos: Doña Josefa, Milagro, Dolores, Y Don Miguel Andrés Torres. Éste último, a su vez, fallecido en Denia en 1936, testó a favor de sus hijos: Doña Dolores, Milagros y Josefa Andrés Ferrando. Realizada la participación y adjudicación de bienes entre estos descendientes, el cuerpo patrimonial se vio desmembrado por ventas a terceros.

Doña Dolores Andrés Feliu.-

Sus bienes patrimoniales son transmitidos a parientes y posteriormente enajenados por sus propietarios.

FELIU.-

La Casanova de la familia Feliu

Don Joaquín Feliu Rodríguez de la Encina.-

Fallecido Don Joaquín en Benisa el 22 de Julio de 1887 bajo disposición testamentaria otorgada mancomunadamente con su consorte Doña Matilde Frígola Palavicino seis años antes, instituyó como heredera a su única hija Doña Matilde Feliu Frigola. Doña Matilde madre, I Baronesa De Rogel, practicó la herencia de común acuerdo con el curador a pleitos de su única hija, menor de edad, a la muerte de su esposo; la partición de bienes fue aprobada por auto judicial de 1888. Doña Matilde fallecía en Barcelona el 25 de Febrero de 1919 nombrando única heredera a su hija. La II Baronesa de Rogel casó con Don Vicente Ortenbach Sorlí y a su muerte, acaecida en Benisa el 6 de Julio de 1951, instituyó como herederos a su esposo e hijos: Don César, Matilde, Natalia, José, Carlos, Adela y María Ortenbach Feliu, en iguales partes indivisas. Algún inmueble fue adjudicado directamente por la testadora.

Este cuerpo patrimonial fue en su mayoría vendido por los Ortenbach o sus descendientes durante la segunda mitad de este siglo.

Don Celestino Masbou Feliu.-

Sus bienes patrimoniales son transmitidos a parientes y posteriormente enajenados por sus propietarios.

Doña Mariana Feliu Abargues.-

Doña Mariana era la madre de Don Francisco y Doña Dolores Andrés Feliu y en sus disposiciones testamentarias sus bienes fueron incorporados al cuerpo patrimonial de la familia Andrés que estudiamos.

Don José Feliu Rodriguez de la Encina.-

Casa del Pla de Maura o de Feliu

El 8 de Julio de 1902 fallece Don José y sus bienes son heredados por su mujer e hijos: Don José, Francisco y Doña Aurora. Los bienes son finalmente heredados por los nietos del difunto, Don José, militar y Don Antonio, médico, Feliu Cardona, siendo transmitidos a terceros por sus descendientes.

Doña Carmen Feliu Abargues.-

Sus bienes patrimoniales son transmitidos a parientes y posteriormente enajenados por sus propietarios.

Don Juan Feliu Rodríguez de la Encina.-

Don Juan vende sus propiedades a finales de siglo, en su mayoría a Don Juan Beneito Beneito, naviero y comerciante alteano. Algunos de los inmuebles son vendidos a terceros o continúan bajo la titularidad de los descendientes Beneito.

TORRES.-

Don Francisco Pascual Torres Andrés.-

De este cuerpo patrimonial, al no haber descendencia, algunos bienes son transmitidos por Doña Francisca Abargues Domenech a sus sobrinos: Doña Luisa Vives Abargues y los hermanos Cabrera Abargues. Los bienes de Don Francisco, en su gran mayoría, se adhieren a la masa patrimonial de Doña Mariana Torres Orduña que a continuación estudiamos.

Doña Mariana Torres Orduña.-

Fallecida Doña Mariana pocos años después que su hija Doña Dolores Piera, y siguiendo sus deseos manifiestos, funda en sus disposiciones testamentarias el Asilo de ancianos de Nuestra Señora de los Dolores, de San Joaquín y Santa Ana, incorporando a la institución los bienes afectos de la testamentaria. A finales de los años gran parte de estos bienes son subastados por la Junta de Patronos, en aras a la modernización de las instalaciones y servicios de la fundación.

Don Antonio Torres Orduña.-

Los bienes patrimoniales de Don Antonio son heredados por sus hijos: Don José y Don Juan Torres Sala, y posteriormente vendidos por sus descendientes.

Don Carlos Torres Orduña.-

Fallecido Don Carlos en 1934, su masa patrimonial es repartida entre sus sobrinos, dado el estado de soltería del testador. La mayoría de sus propiedades ya han sido vendidas a terceros por los beneficiarios.

Doña Clara Torres Orduña.-

Los bienes de Doña Clara fueron heredados por sus hijas, aunque después de haber sufrido una muy importante merma, dado que las principales fueron subastadas públicamente, es el caso de la heredad de Terra Gaspar, para hacer frente a las deudas contraídas por la quiebra de la banca local, Abargues, Cabrera y Cía. , De quien Doña Clara era avalista.

CONCLUSIONES.-

- La división de bienes y la herencia se presentan como los elementos precipitadores de la desconcentración patrimonial de las familias beniseras de abolengo, proceso que comienza a mediados del siglo XIX y se verifica durante todo el siglo XX.

- Los bienes inmuebles que conforman las casas de labor van lógicamente anejos a las fincas rústicas que se encuentran en explotación agrícola. La baja rentabilidad de los arrendamientos de estas fincas produce una venta masiva de estas propiedades por los nuevos herederos, en la mayor parte de los casos, transmitidas antes de que se produzca el febril fenómeno de la urbanización residencial.

- En la actualidad son contados los inmuebles que se encuentran bajo titularidad de herederos o descendientes de los hacendados originales.

- Desvinculada la tierra del trinomio histórico "Hacienda: trabajo: productividad agraria", los nuevos tiempos incorporan el concepto "Comercio: máxima plusvalía: mínimo tiempo" que genera la eclosión de los nuevos ricos de nuestro último tercio de siglo.

- El efecto de la herencia y la racionalización del proceso urbanizador impondrá una nueva disgregación patrimonial durante las nuevas generaciones.

FUENTES.-

- Archivo Municipal de Benisa.- Censo de edificios y solares, 1893. Benisa.

- Archivo Histórico Provincial.- Censo de edificios y solares, 1893. Calpe.

- Registro de la Propiedad de Benisa y Calpe.

-José Luis Luri ha realizado un complejísimo estudio de todas las viviendas rurales del término de Calpe.