El sufragio femenino
Primo de Rivera demostró un interés paternalista por los derechos de la mujer e hizo determinadas concesiones (leyes de protección al trabajo, facilidades para cursar estudios universitarios, cargos en el gobierno municipal) que, a pesar de todo, dejaban básicamente inalterada su posición. Aunque es de justicia señalar que fue la dictadura la que concedió los primeros derechos políticos a las mujeres. El Estatuto Municipal (1924) otorgaba el voto a las mujeres en las elecciones municipales con muchas restricciones: sólo podían votar las emancipadas mayores de 23 años, las casadas y las prostitutas quedaban excluidas. Luego, con motivo de un plebiscito, organizado por la Unión Patriótica para mostrar adhesión al régimen en el tercer aniversario del golpe, se permitió emitir el voto a los españoles mayores de 18 años sin distinción de sexo. Por último, en la Asamblea Nacional, constituida en 1927 en un intento de recubrir al régimen con un ropaje pseudodemocrático, se reservaron algunos escaños para mujeres elegidas de forma indirecta desde ayuntamientos y diputaciones.
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Si el divorcio fue objeto de mucha controversia, no le quedó a la zaga el derecho de la mujer a votar. El Gobierno provisional, en un decreto de 8 de mayo de 1931, concedió el voto a todos los hombres mayores de veintitrés años y declaró que las mujeres y los curas podían ser elegidos para ser diputados. En las elecciones celebradas en junio de aquel año fueron elegidas dos mujeres diputadas, Clara Campoamor (Partido Radical) y Victoria Kent (Izquierda Republicana): dos mujeres de un total de 465 diputados. A finales de aquel mismo año otra mujer diputada, Margarita Nelken (Partido Socialista), ingresó en las Cortes. De las tres, Clara Campoamor, abogada, fue la más asidua defensora de los derechos de la mujer y desempeñó un papel importante en el debate acerca del sufragio femenino.
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El anteproyecto sólo había dado el voto a la mujer soltera y a la viuda,
propuesta que defendió A. Ossorio Gallardo sobre la curiosa base que,
"hasta que los maridos estuviesen preparados
para la vida política, el sufragio femenino podía ser una fuente de discordia
doméstica". En general, sin embargo, la oposición a
conceder el voto a la mujer, casada o soltera, estaba basada en el temor a que
no estuviese todavía lo suficientemente independizada de la Iglesia y su voto
fuese en su mayor parte derechista, poniendo así en peligro la existencia misma
de la República. Aunque Jiménez de Asúa compartía dicho temor, pensaba que la
conveniencia política no debía justificar que se negase un derecho legítimo que
sería utilizado juiciosamente por aquellas mujeres económicamente independientes
y conscientes de sus responsabilidades sociales. Otros estaban menos dispuestos
a aceptar el riesgo. Los republicanos de izquierda, radicales y
radicales-socialistas fueron los que más se opusieron. Los radical-socialistas
presentaron una enmienda el 1 de septiembre de 1931 para restringir los derechos
electorales exclusivamente a los hombres. Al día siguiente, el doctor Novoa
Santos proporcionó argumentos biológicos para dar fuerza a los argumentos de
conveniencia política: "a la mujer no la dominaban
la reflexión y el
espíritu crítico,
se dejaba llevar siempre de la emoción, de todo aquello que hablaba a sus
sentimientos; el histerismo no era una simple enfermedad, sino
la propia estructura
de la mujer".
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El 30 de septiembre, cuando se volvió a discutir la cuestión, se echó mano del ridículo para complementar a la biología. Hilario Ayuso entretuvo a la concurrencia con un discurso trivial en defensa de una enmienda de Acción Republicana que proponía que les fuesen concedidos los mismos derechos electorales a los hombres mayores de veintitrés años y a las mujeres mayores de cuarenta y cinco, basándose en que la mujer "era deficiente en voluntad y en inteligencia hasta cumplir dicha edad". Al entrar en el Congreso le salieron al paso las mujeres de la ANME, que estuvieron presentes en todos los debates y distribuyeron octavillas entre los diputados conminándoles a apoyar el sufragio femenino. Los radicales propusieron una enmienda con el fin de que se omitiera la palabra mismos en el artículo que rezaba: "Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes". Guerra del Río, defensor de la moción, arguyó que tal modificación permitiría a las Cortes conceder el voto a la mujer en una ley electoral que podría ser revocada si la mujer votaba por los partidos reaccionarios. La enmienda fue rechazada (153 en contra, 93 a favor), pero los radicales y radical-socialistas que habían votado sin someterse a la disciplina de partido pronto se arrepintieron, y El Heraldo (1 de octubre de 1931) recogía los rumores de un intento de última hora de pactar con los socialistas. Probablemente se satisfará el deseo de los socialistas de conceder el voto masculino desde los veintiún años y, a cambio de eso, se condicionará el voto a la mujer. Los socialistas rechazaron el pacto y el debate continuó al día siguiente.
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El hecho de que Clara Campoamor defendiera el sufragismo femenino y de que Victoria Kent se opusiera provocó muchas burlas. Azaña describió la sesión "como muy divertida". Informaciones (1 de octubre de 1931) comentaba "dos mujeres solamente en la Cámara, y ni por casualidad están de acuerdo", y La Voz (2 de octubre de 1931) preguntaba medio en broma medio en serio: ¿qué ocurrirá cuando sean 50 las que actúen?. En el debate del día 1 de octubre de 1931, Victoria Kent propuso que se aplazara la concesión del voto a la mujer; no era, decía, una cuestión de la capacidad de la mujer, sino de oportunidad para la República. El momento oportuno sería al cabo de algunos años, cuando las mujeres pudiesen apreciar los beneficios que les ofrecía la República. Clara Campoamor replicaba diciendo que la mujer había demostrado sentido de la responsabilidad social, que el índice de analfabetos era mayor en los hombres que en las mujeres y que sólo aquellos que creyesen que las mujeres no eran seres humanos podían negarles la igualdad de derechos con los hombres. Advirtió a los diputados de las consecuencias de defraudar las esperanzas que las mujeres habían puesto en la República:
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Clara Campoamor
"No dejéis a la mujer
que, si es regresiva, piense que su esperanza estuvo en la Dictadura; no dejéis
a la mujer que piense, si es avanzada, que su esperanza está en el comunismo".
Guerra del Río aplaudió los sentimientos expresados
por Clara Campoamor, quien, según él, servía de portavoz de
lo que siempre fue,
es y será mañana ideal del Partido Republicano Radical: la igualdad absoluta de
derechos para ambos sexos.
Sin embargo, siguió diciendo, los radicales pensaban que era prematura la
inmediata concesión del voto a la mujer, y por tanto votarían en contra.
Ovejero, en nombre de los socialistas, dijo que, aunque sabían que existía la
posibilidad de perder escaños en las próximas elecciones, eso no tenía
importancia comparado con
la educación política
de la mujer española;
querían el sufragio femenino
para llamar a la
conciencia de la mujer y convertirla en cooperadora eficaz del resurgimiento
español.
Cuando el artículo 34 - que establecía la equiparación de derechos electorales
para los ciudadanos de uno y otro sexo mayores de veintitrés años - fue
finalmente aprobado por 161 votos a favor y 121 en contra, se produjo un clamor:
La
concesión del voto a las mujeres, acordada ayer por la Cámara, determinó un
escándalo formidable, que continuó luego en los pasillos. Las opiniones eran
contradictorias. El banco azul fue casi asaltado por grupos de diputados que
discutían con los ministros y daban pruebas de gran exaltación.
(La
Voz,
2 de octubre de 1931). Votaron a favor: el Partido Socialista (con alguna sonada
excepción como la de Indalecio Prieto), la derecha y pequeños núcleos
republicanos (catalanes, progresistas y Agrupación al servicio de la República);
en contra, Acción Republicana, y los radical-socialistas y radical (con la
excepción de Clara Campoamor y otros cuatro diputados).
Indalecio Prieto, quien había intentado persuadir a sus compañeros socialistas
de votar en contra del artículo o abstenerse de votar, gritó que aquello era
una
puñalada trapera para la República.
Los radical-socialistas declararon que ya no harían más concesiones en la
cuestión de las relaciones entre la Iglesia y el estado y amenazaron
"con no dejar un cura vivo en España".
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Victoria Kent
Una táctica que Marañón describió como una confesión de cobardía y de falta de autoridad en los políticos de izquierda sobre sus mujeres e hijas (El Heraldo, 2 de octubre de 1931). Como si se quisiese asegurarse de que no faltara ningún elemento de la farsa grotesca en este esperpento de la vida real, El Sol (2 de octubre de 1931) informaba así de la aprobación del artículo 34: La galantería logró un triunfo indiscutible. Virtud española que perdura, para bien del "qué dirán", pese a ciertos jacobinismos que nos sacuden. Pase lo que pase - hay quien asegura otro 14 de abril al revés - resultará lindo que los poetas del futuro canten en sonetos a este 1931, en que los hijos de España se jugaron a cara y cruz un régimen por gusto de sus mujeres. El triunfo del 1 de octubre, sin embargo, no fue definitivo. En la sesión del 1 de diciembre, Peñalba (Acción Republicana) propuso una enmienda que permitiría a las mujeres votar en las elecciones municipales, pero no en las nacionales hasta que los ayuntamientos se hubiesen renovado por completo. Si la enmienda hubiese prosperado, las mujeres se habrían quedado todavía sin voto en 1936. El último intento se produjo en diciembre de 1932 cuando el gobierno anunció su intención de convocar elecciones parciales para cubrir las vacantes en Cortes. Finalmente, las elecciones parciales no llegaron a producirse.
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Las primeras elecciones en las que participaron las mujeres fueron las de 1933,
e inevitablemente se les echó la culpa de la victoria de la derecha. Era, sin
embargo, una conclusión superficial. Aún aceptando que una parte del electorado
femenino hubiera podido influir en el resultado favorable a las derechas de los
comicios del 33, si se sumaban todos los votos de izquierda emitidos en esas
elecciones todavía superaban a los de los conservadores. Se trataba sobre todo
de un problema de estrategia y unidad, como se encargaría de demostrar las
elecciones de febrero de 1936 con el triunfo del Frente Popular.
En todo caso, las tesis sufragistas acababan de anotarse un triunfo en España.
La concesión del voto, como la del divorcio, fueron logros de la mujer en el
periodo republicano, pero logros tan efímeros como el propio régimen que los
había posibilitado. La Guerra Civil y el nuevo Estado impuesto tras la victoria
de las fuerzas franquistas el 1 de abril de 1939 darían al traste con todo lo
conseguido. Habría que esperar al cierre de ese largo paréntesis de 40 años para
que las mujeres recuperaran el punto de partida que significó la conquista del
voto en 1931.
Autores varios.
Recopilación material
Andrés Ortolá Tomás
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